1.- Regulación jurídica aplicable

El contrato, de obligado cumplimiento para ambas partes en los términos previstos en el mismo, está constituido por las cláusulas contenidas en las Condiciones Generales publicadas en este programa / folleto, que completan y desarrollan la legislación específica aplicable sin contravenirla, añadiendo además las estipulaciones concretas que se acuerden entre Agencia y Consumidor. Todo ello integra un contrato de “viaje combinado”, puesto que en el mismo se incluyen un conjunto de servicios previamente programados y ofertados por un precio global, o proyectados a solicitud del cliente también a un precio global. El hecho de adquirir o tomar parte en el viaje que se refiere el programa / folleto origina la expresa aceptación por parte del consumidor de todas y cada una de las Condiciones Generales, que se consideran automáticamente incorporadas al contrato, sin que sea precisa su trascripción escrita individualizada en el mismo. A los efectos de las presentes Condiciones Generales, el programa/folleto es el documento informativo al que éstas se incorporan.
El programa/oferta es la descripción del viaje combinado contenida en el programa/folleto que constituye el objeto del contrato de viaje combinado. La información sobre el programa/oferta contenida en el programa/folleto es vinculante para el organizador o detallista, salvo que concurra alguna de las siguientes circunstancias:

  • Que los cambios en dicha información se hayan comunicado claramente por escrito al consumidor antes de la celebración del contrato y tal posibilidad haya sido objeto de expresa mención en el programa oferta.
  • Que se produzcan posteriormente modificaciones, previo acuerdo por escrito entre las partes contratantes.

Regulación jurídica aplicable al contrato de viaje combinado y aceptación de las Condiciones Generales.

Las presentes Condiciones Generales están sujetas a lo dispuesto en la Ley 21/1995, de 6 de julio, de Viajes Combinados (B.O.E. 7-7-1995), la Ley 7/1998, de 13 de abril, sobre Condiciones Generales de la Contratación (14-4-98) y en la Ley 26/1984, de 19 de julio, General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios (B.O.E. 24-7-84) y demás disposiciones vigentes.

Las presentes Condiciones Generales se incorporarán, firmadas por las partes contratantes, a todos los contratos de viajes combinados cuyo objeto sean los programas/oferta contenidos en el programa/folleto y obligan a las partes, con las condiciones particulares que se pacten en el contrato o que consten en la documentación del viaje facilitada simultáneamente a la suscripción del contrato.

2.- Organización

La organización de este viaje combinado ha sido realizada por TURISMO RURAL LA CAMPIÑA, S.L., CIF B 97251045 con domicilio en c/ Salvá, 1 Entlo. 5ª (46002) VALENCIA.

3.- Inscripciones y reembolsos.

En el acto de la inscripción o reserva deberá depositarse la cantidad correspondiente al 40% del importe total del servicio solicitado no considerándose plaza alguna como comprometida en firme mientras no se efectúe dicho deposito. El saldo restante deberá abonarse, al menos 15 días antes de la fecha de salida, considerándose en caso contrario la plaza como anulada, aplicándose en tal supuesto, las condiciones reseñadas en el apartado de anulaciones. La confirmación de la reserva se efectuará siempre antes de la formalización del contrato. La reserva puede realizarse por cualquiera de las modalidades existentes, y en especial a través de Internet, teléfono o fax, así como personalmente en cualquiera de las oficinas de la Compañía o bien en su Agencia de Viajes. El cliente recibirá la documentación correspondiente (bono del hotel, casa rural o alojamiento escogido, forfaits, cursillo, o cualquiera otra imprescindible) en la recepción del hotel., casa rural, lugar pactado ó en su agencia de viajes.

Los precios indicados en el programa/folleto tienen incluidos los impuestos indirectos actualmente en vigor, en el momento de la edición del folleto. En el caso de que se produzcan variaciones del IVA, estas serán imputadas automáticamente al cliente. El cliente podría desistir del viaje con derecho al reembolso de los pagos efectuados, penalizando con los siguientes porcentajes:

Con más de 30 días de antelación a la fecha de salida, el 5% del importe total del viaje.
Entre 30 y 21 días de antelación, el 25% del importe total del viaje.
Entre 20 y 14 días de antelación, el 50% del importe total del viaje.
Entre 14 y 10 días de antelación, el 75% del importe total del viaje.
Con menos de 10 días de antelación, el 100% del importe total del viaje.

4.- Revisión de precios
El precio del viaje combinado ha sido calculado en base a los tipos de cambio, tarifas de transporte, coste del carburante y tasas e impuestos aplicables en la fecha de edición del programa/folleto o de las posteriores que, en su caso, se hayan hecho públicas de forma impresa. Cualquier variación del precio de los citados elementos podrá dar lugar a la revisión del precio final del viaje, tanto al alza como a la baja, en los importes estrictos de las variaciones de precio aludidas. Estas modificaciones serán notificadas al consumidor, por escrito o por cualquier medio que permita tener constancia de la comunicación efectuada, pudiendo, cuando la modificación efectuada sea significativa, desistir del viaje, sin penalización alguna, o aceptar la modificación del mismo.

5.- Ofertas especiales

Cuando se realice la contratación del viaje combinado como consecuencia de ofertas especiales, de última hora o equivalentes, a precio distinto del expresado en el programa/folleto, los servicios comprendidos en el precio son únicamente aquellos que se especifican detalladamente en la oferta, aún cuando, dicha oferta haga referencia a alguno de los programas descritos en este folleto, siempre que dicha remisión se realice a los exclusivos efectos de información general del destino.

6. Exclusiones.

El precio del Viaje Combinado no incluye:
Visados, tasas de aeropuerto, y/o tasas de entrada y salida, certificados de vacunación, “extras”tales como cafés, vinos, licores, aguas minerales, regímenes alimenticios especiales –ni siquiera en los supuestos de pensión completa o media pensión, salvo que expresamente se pacte en el contrato otra cosa- , lavado y planchado de ropa, servicios de hotel opcionales, y, en general, cualquier otro servicio que no figure expresamente en el apartado “El precio del viaje combinado incluye” o no conste específicamente detallado en el programa/oferta, en el contrato o en la documentación que se entrega al consumidor al suscribirlo.

7.- Excursiones o visitas facultativas.

En el caso de excursiones o visitas facultativas no contratadas en origen, debe tenerse presente que no forman parte del contrato de viaje combinado. Su publicación en el folleto tiene mero carácter informativo y el precio está expresado con el indicativo de “estimado”. Por ello, en el momento de contratarse en el lugar de destino, pueden producirse variaciones sobre sus costes, que alteren el precio estimado. Por otra parte, dichas excursiones serán ofrecidas al consumidor con sus condiciones específicas y precio definitivo de forma independiente, no garantizándose hasta el momento de su contratación la posible realización de las mismas.

8.- Viajes de nieve

En los viajes de nieve, salvo indicación en contrario en el programa/folleto, no estarán incluidos los remontes y cursillos de esquí.

9.- En los viajes de golf

Salvo indicación en contrario en el programa/folleto, no estarán incluidos los green fees y alquiler de cochecitos o carritos.

10.- Seguro de Asistencia en Viaje

Le recordamos que nuestros precios no incluyen seguro de asistencia en viaje (salvo en los casos indicados) que cubra conceptos como gastos médicos, etc.. Le recomendamos que siempre viaje asegurado. Para evitar que salgan sin él, por un descuido, nuestra empresa añadirá automáticamente al importe de su reserva el importe de un seguro elaborado para nuestros clientes. En caso de que no lo desee rogamos lo informe al efectuar su reserva.

Las coberturas de dicho seguro están a su disposición en nuestras oficinas, así como en la aseguradora, y la póliza con todas las condiciones le será entregada, en el aeropuerto en el caso de que Vd. acepte su inclusión. Si desea recibirla con antelación le rogamos nos lo notifique. MUY IMPORTANTE: El seguro de viaje contratado con nuestra empresa, una vez imputado al precio de la reserva no puede ser cancelado. Si la reserva se cancela el importe del seguro deberá ser abonado integramente.

11.- Propinas

Dentro del precio del viaje combinado no están incluidas las propinas

12. Responsabilidad

12.1. General.

La Agencia de Viajes Organizadora y la Detallista vendedora final del viaje combinado responderán frente al consumidor, en función de las obligaciones que les correspondan por su ámbito respectivo de gestión del viaje combinado, del correcto cumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato, con independencia de que éstas las deban ejecutar ellos mismos u otros prestadores de servicios, y sin perjuicio del derecho de los Organizadores y Detallistas a actuar contra dichos prestadores de servicios. El Organizador manifiesta que asume las funciones de organización y ejecución del viaje. Los Organizadores y los Detallistas de viajes combinados responderán de los daños sufridos por el consumidor como consecuencia de la no ejecución o ejecución deficiente del contrato. Dicha responsabilidad cesará cuando concurra alguna de las siguientes circunstancias:

  • Que los defectos observados en la ejecución del contrato sean imputables al consumidor.
  • Que dichos defectos sean imputables a un tercero ajeno al suministro de las prestaciones previstas en el contrato y revistan un carácter imprevisible o insuperable.
  • Que los defectos aludidos se deban a motivos de fuerza mayor, entendiendo por tales aquellas circunstancias ajenas a quien las invoca, anormales e imprevisibles cuyas consecuencias no habrían podido evitarse, a pesar de haber actuado con la diligencia debida.
  • Que los defectos se deban a un acontecimiento que el Detallista o, en su caso, el Organizador, a pesar de haber puesto toda la diligencia necesaria, no podía prever ni superar.

No obstante, en los supuestos de exclusión de responsabilidad por darse alguna de las circunstancias previstas en los números 2, 3 y 4 el organizador y el detallista que sean partes en el contrato de viaje combinado estarán obligados a prestar la necesaria asistencia al consumidor que se encuentre en dificultades.

12.2. Límites del resarcimiento por daños.

En cuanto al límite del resarcimiento por los daños que resulten del incumplimiento o de la mala ejecución de las prestaciones incluidas en el viaje combinado, se estará a lo dispuesto en los Convenios Internacionales sobre la materia. Por lo que se refiere a los daños que no sean corporales, éstos deberán ser siempre acreditados por el consumidor. En ningún caso la Agencia se responsabiliza de los gastos de alojamiento, manutención, transportes y otros que se originen por causas de fuerza mayor. Cuando el viaje se efectúe en autocares, “vans”, limusinas y similares contratados por la Agencia Organizadora directa o indirectamente, y ocurra un accidente, cualquiera que sea el país donde se produzca, el consumidor habrá de presentar la pertinente reclamación contra la entidad transportista en el respectivo país, a fin de salvaguardar, en su caso, la indemnización del seguro de ésta, siendo auxiliado y asesorado gratuitamente en sus gestiones por la Agencia Organizadora.

13. Notas importantes sobre alojamientos:

a) Hoteles
General: La calidad y contenido de los servicios prestados por el hotel vendrá determinada por la categoría turística oficial, si la hubiere, asignada por el órgano competente de su país. En algunos casos se facilitará en el folleto información de la categoría de los hoteles utilizando la clasificación de estrellas, aunque ésta no sea la vigente en el país concreto, con el fin de que el cliente pueda, a través de la equivalencia en estrellas orientarse más fácilmente sobre los servicios y categorías de los establecimientos, en el conocimiento siempre de que tal calificación tan sólo responde a la valoración realizada por el Organizador. Dada la vigente legislación al respecto, que establece sólo la existencia de habitaciones individuales y dobles permitiendo que en algunas de estas últimas pueda habilitarse una tercera cama, se estimará siempre que la utilización de la tercera cama se hace con el conocimiento y consentimiento de las personas que ocupan la habitación. Esta tácita estimación deriva de la circunstancia cierta de haber sido advertidos previamente, así como de figurar reflejada la habitación como triple en todos los impresos de reservas facilitados al consumidor al abonar el anticipo, en el contrato y los billetes y/o documentación del viaje que se entrega simultáneamente a la firma del mismo. Igualmente en los casos de habitaciones dobles para uso de hasta cuatro personas, con cuatro camas, cuando así se especifique en la oferta del programa/folleto. El horario habitual para la entrada y salida en los hoteles está en función del primer y último servicio que el usuario vaya a utilizar. Como norma general y salvo que expresamente se pacte otra cosa en el contrato, las habitaciones podrán ser utilizadas a partir de las 14 horas del día de llegada y deberán quedar libres antes de las 12 horas del día de salida. Cuando el servicio contratado no incluya el acompañamiento permanente de guía y en el supuesto de que el usuario prevea su llegada al hotel o apartamento reservado en fechas u horas distintas a las reseñadas, es conveniente, para evitar problemas y malas interpretaciones, comunicar con la mayor anticipación posible tal circunstancia a la Agencia Organizadora, o al hotel o a los apartamentos directamente, según los casos. Igualmente, debe consultar a la Agencia, en el momento de hacer la reserva, la posibilidad de llevar animales, pues generalmente no son admitidos en los hoteles y apartamentos. En el supuesto de haber confirmado la admisión de animales y se pretenda viajar con ellos, tal circunstancia deberá hacerse constar en el contrato. El servicio de alojamiento implicará que la habitación esté disponible en la noche correspondiente, entendiéndose prestado con independencia de que, por circunstancias propias del viaje combinado, el horario de entrada en el mismo se produzca más tarde de lo inicialmente previsto.

b) Casas Rurales:
le será de aplicación la normativa correspondiente al alojamiento turístico rural o de interior existente en cada Comunidad Autónoma de España. Enla Comunidad Valenciana resulta de aplicación el Decreto 253/94 de 7 de diciembre del Gobierno Valenciano.

c) Nieve
Respecto a los servicios contratados relativos a NIEVE, la actual legislación establece la categoría turística oficial y la existencia de habitaciones individuales y dobles, en algunas de estas últimas puede habilitarse una tercera o cuarta cama estimándose que la utilización de esta cama se hace siempre con el conocimiento y consentimiento de las personas que ocupan la habitación. Esta tácita estimación deriva de la circunstancia cierta de haber sido advertidos previamente, así como de figurar reflejada la habitación como triple o cuádruple en todos los impresos de la reserva y en la documentación definitiva del viaje. El horario de entrada en los hoteles será a partir de las 16.00 h. del día de llegada debiendo quedar libres las habitaciones antes de las 12.00 h. del día de salida. Excepto en estancias de 5 días con salida el viernes a las 14.00 h. Generalmente no esta permitido llevar animales tanto en hoteles como en apartamentos. En el alquiler de apartamentos, el cliente es plena y exclusivamente responsable de declarar correctamente el número de personas que ocuparan el apartamento, sin omitir los niños de cualquier edad. La administración de los apartamentos puede negarse a admitir la entrada de aquellas personas no declaradas, no habiendo lugar a reclamación alguna por esta causa. En algunos casos se puede habilitar camas supletorias o cunas que pueden ser solicitadas por los clientes y no estarán incluidas en el precio publicado. El cliente deberá abonar una fianza en la recepción de los apartamentos para responder de eventuales desperfectos. Los apartamentos se entregan amueblados con ropa y menaje correspondiente al número de plazas reservadas. Servicio de limpieza diaria excepto cocina. Los apartamentos Multipropiedad y Solneu, no tienen servicio de limpieza los domingos y festivos. La recogida de llaves se efectuara en horas de oficina en el lugar y horas indicado en el programa folleto de cada establecimiento. Entrada a partir de las 17.00 h. del día de llegada. Salida antes de las 11.00 h. del día de salida. Excepto en estancias de 5 días con salida el viernes a las 14.00 h.
Recomendamos respetar estos horarios para evitar incomodidades difíciles de subsanar.

d) Apartamentos
Al efectuar la reserva, el cliente es plena y exclusivamente responsable de hacer la declaración correcta del número de personas que ha de ocupar el apartamento, sin omitir los niños cualquiera que sea su edad. Se advierte que la administración de los apartamentos puede legalmente negarse a admitir la entrada de aquellas personas no declaradas, no habiendo lugar a reclamación alguna por esa causa. En algunos casos hay posibilidad de habilitar cama/s supletoria/s o cunas, que deberán ser solicitadas por los clientes antes de perfeccionarse el contrato, y que salvo expresa mención en contrario, no estarán incluidas en el precio publicado del apartamento.

14.- Condiciones especiales niños.

Dada la diversidad de tratamiento aplicable a los niños, dependiendo de la edad, tipo de establecimiento y fecha del viaje, se recomienda consultar las condiciones de cada establecimiento, que en general serán aplicables siempre que el niño comparta habitación con dos adultos. Edad máxima establecida 11 años.

15.- Vigencia

Programa válido desde el 1/11/2005 al 1/07/2006.
Editado en noviembre de 2005.



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